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Supersociedades · Circular 100-300000 / 2024

SAGRILAFT y PTEE para Cámaras de Comercio

La Circular Externa 100-300000 del 6 de diciembre de 2024 incorpora a las Cámaras de Comercio como sujetos obligados bajo un esquema de tres tramos: excluidas, medidas mínimas PTEE y régimen pleno.

< 9k SMMLV

Excluidas

9k – 40k SMMLV

Mínimas PTEE

≥ 40k SMMLV

Régimen Pleno

Tres tramos normativos

El régimen depende del tamaño de la Cámara

La Circular 100-300000/2024 (num. 4.4 y 4.5 del Capítulo XIII CBJ) establece obligaciones escalonadas según los ingresos totales reportados al 31 de diciembre del año anterior.

Excluidas

< 9.000 SMMLV

Cámaras con ingresos totales inferiores a $12.811 millones (aprox.) están fuera del régimen — no requieren implementar SAGRILAFT ni PTEE, pero sí buenas prácticas básicas.

Medidas Mínimas PTEE

9.000 – 40.000 SMMLV

Cámaras con ingresos entre $12.811M y $56.940M deben implementar únicamente medidas mínimas del PTEE (riesgo de corrupción). No aplica SAGRILAFT.

Régimen Pleno

≥ 40.000 SMMLV

Cámaras con ingresos ≥ $56.940 millones deben implementar SAGRILAFT y PTEE con todos sus componentes, incluyendo oficial de cumplimiento y matriz de riesgos LA/FT/FPADM.

Aclaración: aunque las Cámaras de Comercio son entidades gremiales, la vigilancia recae en Supersociedades para efectos de SAGRILAFT y PTEE — no en Confecámaras. Los reportes de operaciones sospechosas se dirigen a la UIAF vía SIREL.
Medidas Mínimas PTEE

Régimen específico para el tramo medio

Las Cámaras con ingresos entre 9.000 y 40.000 SMMLV no implementan SAGRILAFT, pero sí un PTEE de alcance reducido enfocado en el riesgo de corrupción inherente a la función camaral (registro público mercantil, conciliación, arbitraje, eventos).

El esfuerzo es significativamente menor que el régimen pleno — pero la obligación es real y exigible. No es opcional ni recomendatorio.

Componentes mínimos exigidos

  • Política anticorrupción y código de conducta
  • Matriz de riesgos de corrupción (procesos camarales)
  • Canal de denuncias con protocolo básico
  • Capacitación anual al personal
  • Responsable del PTEE designado (no requiere oficial de cumplimiento pleno)
  • Informe periódico a la junta directiva
Régimen Pleno

SAGRILAFT + PTEE completos

Las Cámaras más grandes (≥ 40.000 SMMLV en ingresos) deben implementar SAGRILAFT y PTEE completos, con oficial de cumplimiento, matriz de riesgos LA/FT/FPADM y reporte obligatorio a la UIAF.

Aunque la actividad camaral no es directamente comercial, el manejo de recursos, el registro mercantil y la contratación con el sector público generan exposición a riesgos que la norma busca mitigar.

Componentes obligatorios (régimen pleno)

  • Manual SAGRILAFT + manual PTEE aprobados por junta
  • Oficial de cumplimiento principal y suplente
  • Matriz LA/FT/FPADM + matriz de corrupción
  • Debida diligencia de contrapartes y terceros
  • Consulta de listas restrictivas (ONU, OFAC)
  • Reportes a la UIAF vía SIREL
  • Canal de denuncias y régimen disciplinario
  • Capacitación, auditoría e informes periódicos
Plazo vencido

Fecha: 31 de mayo de 2025

El plazo oficial para implementar el régimen aplicable venció el 31 de mayo de 2025. Las Cámaras que no hayan cumplido están expuestas a sanciones económicas y medidas administrativas por parte de Supersociedades.

  • Evaluación anual de ingresos vs umbrales
  • Actualización del sistema ante cambios de tramo
  • Reportes periódicos según régimen aplicable
Sanciones por incumplimiento

Hasta 200 SMMLV

Supersociedades puede imponer sanciones económicas de hasta 200 SMMLV (aprox. $284 millones COP en 2026) aplicables a:

  • La Cámara de Comercio como entidad
  • Presidente ejecutivo y miembros de junta
  • Oficial de cumplimiento o responsable PTEE
  • Revisor fiscal por omisión
Diagnóstico gratuito · 3 minutos

¿En qué tramo está su Cámara?

Responda 5 preguntas sobre los ingresos, activos y estado actual de cumplimiento. Recibirá un PDF con el tramo que le aplica y el plan de implementación correspondiente.

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